Los cambios fueron realizados entendiendo “que es necesario realizar una fuerte desregulación y simplificación en el mercado de tarjetas de crédito, adecuándolo a los cambios recientes en modalidades de relacionamiento y tecnologías de digitalización” y para esto explica que “debe derogarse la Ley N° 14.499, que en algunos casos operaba como un freno al otorgamiento de créditos”.
DNU: los cambios en las tarjetas de crédito
• “La entidad emisora deberá obligatoriamente dar a conocer el público la tasa de financiación aplicada al sistema de Tarjeta de Crédito”. Este es uno de los puntos que reemplaza el artículo 15 de la Ley 25.065, en el cual se establecía que las emisoras no podían cobrarles a los comercios tasas superiores al 3% como comisión por las transacciones con crédito y de 1,5% por las que se realicen con débito.
• En el nuevo DNU, el emisor “es la entidad, de cualquier naturaleza, en tanto se encuentre previsto dentro de su objeto social, que emita Tarjetas de Crédito, o que haga efectivo el pago”. La vieja ley limitaba como emisor solo a la “entidad financiera, comercial o bancaria que emita Tarjetas de Crédito”.