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Con apoyo de Pichetto, Diputados aprobó en general la ley bases de Milei

El bloque de Hacemos Coalición Federal votó a favor junto a la Libertad Avanza, el PRO y parte de la UCR, en contra. Qué derechos quita el proyecto.

La Cámara de Diputados aprobó por 142 votos a favor el paquete conocido como Ley Bases. Por su parte, 106 votaron en contra y cinco se abstuvieron. A diferencia de febrero pasado, la megaley perdió dos votos afirmativos y tres negativos (144-109). Ahora los legisladores deberán votar los capítulos específicos de la ley y, si hay algún pedido, se podrá votar artículo por artículo. Los derechos que terminan con la ley bases.

Durante la votación particular, se debatirán un total de 25 capítulos. Unión por la Patria (UxP) pidió votar 13 artículos aparte de los 232 pertenecientes al total pero el presidente Martín Menem se negó.

Superpoderes para un presidente que habla “con un perro muerto”

El artículo 1° de la Ley Bases establece que el presidente Javier Milei tendrá facultades extraordinarias durante el plazo de un año tras la declaraciónde la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética. Dicha herramienta se permite a través del Art. 76° de la Constitución Nacional, donde aseguran que el plazo y las bases de la delegación que se establecen en el Congreso de la Nación.

“El Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos”, sentencian. El diputado Aldo Leiva mostró preocupación por los superpoderes: “Me preocupa mucho, porque por ahí uno tiene la posibilidad de hablar con un amigo y el presidente no, habla con su perro que encima está muerto”, afirmó.

Reforma laboral

En primer lugar, extiende la jornada de prueba o período de “pasantía”. Actualmente son de tres meses, pero la propuesta es extenderlos a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores, de 8 meses para PyMES de 6 a 99 trabajadores, y de un año para mipymes de hasta 5 trabajadores.

En segundo lugar, se implementa el fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones (de hasta 8% de las remuneraciones). En tercer lugar, se derogan las multas por no registración laboral.

Además, se reduce la licencia de maternidad pre parto de 45 a 10 días y se crea la figura de “trabajador colaborador” para personas que no estén en relación de dependencia, pero puedan realizar igualmente aportes de seguridad social.

Elimina las multas por trabajo en negro y la doble indemnización para los trabajadores despedidos que no recibieron aportes.

 

La Ley Bases elimina moratoria para bajar futuras jubilaciones de trabajdores informales

La ley dispone la eliminación de la moratoria previsional, un plan de pagos para acceder a una jubilación que permitió acceder a este derecho a nueve de cada diez mujeres. En simultáneo, dentro del capítulo laboral, se define un tope a la cantidad de años y en los montos reconocidos de aportes de trabajadores y trabajadoras informales en caso de ser registrados dentro del plan de regularización que propone el Gobierno.

Precio del combustible liberalizado y libertad para exportar toda la producción

El proyecto establece la libre disponibilidad de los hidrocarburos mediante la liberación del comercio internacional (exportaciones e importaciones); no intervención del Estado en la fijación de precios en ningún segmento de la cadena de valor (desde el pozo hasta el surtidor); y fomento del midstream, mediante la creación de autorizaciones y habilitaciones para transporte, procesamiento y almacenaje, con independencia de los permisos y concesiones del upstream.

Esto derivará en un importante incremento en el precio de los combustibles, que se explicará por la falta de la libre disponibilidad de las divisas producto de las exportaciones para engrosar de forma genuina las reservas, y la eliminación total de las retenciones (derechos de exportación) que permite desacoplar precios internos de las cotizaciones internacionales para el crudo. El artículo 6 hace hincapié en que el Poder Ejecutivo nacional no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción.

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