SOCIEDAD

ANMAT prohibió varios aceites de oliva y suplementos dietarios: cuáles no hay que comprar

De acuerdo con ANMAT, todos ellos son productos ilegales y por lo tanto potencialmente perjudiciales para la salud.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta en todo el país de una serie de marcas de aceites de oliva y varios suplementos dietarios.

Así quedó plasmado en las Disposiciones 10308/2024; 10307/2024 y 10304/2024 publicadas hoy en el Boletín Oficial.

En la primera de ellas se dispuso la prohibición “de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto falsificado: ‘Aceite de oliva, extra virgen, marca: El Noa’, RNE N° 12009018, RNPA N° 12004012, Elaborado y Envasado por M. Bustos S.A en Ruta NAC. 74, Km 1215, La Rioja”.

La prohibición rige para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un RNE perteneciente a otra empresa y el RNPA inexistente”.

Por todo esto la Anmat advirtió que se trata de un producto ilegal y que, por desconocerse sus condiciones de elaboración es potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

En tanto la Disposición 10307/2024 prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea de los productos rotulados como: ‘Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 13964523 – Rnpa: 13831654, Origen de Mendoza’, ‘Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 132256314 – Rnpa: 13826543’ y ‘Aceite de Oliva extra virgen, Envasado por RNE: 13831654 – RNPA: 025-13964523’, todos de la marca Campos Barcelona”.

La prohibición rige para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en su rótulo registros sanitarios inexistentes”.

Por todo esto la Anmat advirtió que se trata de un producto ilegal y que, por desconocerse sus condiciones de elaboración es potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

Finalmente la Disposición 10304/2024 prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, de los productos: ‘Moringa, Antioxidante, Antibacteriano, producido por Naturalmedix’, R.U.C.: 10125668819, Reg. Sant.: S3356656N, DIGESA NASAPA; ‘Quemador de grasa, TRIPLE ACCIÓN Cuerpo joven firme y esbelto, Desintoxicante, Depurador’; ‘Diabetisan, Desinflamante, Depurativo, producido por Naturalmedix’, R.U.C.: 10125668819, Reg. Sant.: S3227956N, DIGESA NASAPA; ‘Café verde Garcinia Cambogia, Adelgazante, Quema grasa’, producido por Naturalmedix, R.U.C.: 10125668819, Reg. Sant.: S3356656N, DIGESA NASAPA; ‘Carticolageno, Calcio y Vitaminas’; ‘Aguaje Hinojo Maca Triple’; ‘Aguaje Siempre Bella, rico en fitoestrógenos’; ‘Aguaje Plus, 4 en 1 Colágeno hidrolizado, L- carnitina, Garcinia Cambogia, Salud y Belleza’, producido por Naturalmedix, R.U.C.: 10125668819, Reg. Sant.: S3356633N, DIGESA NASAPA; ‘Aguaje power, rico en fitoestrógenos, Hormonas Femeninas’, elaborado por Naturalmix, R.U.C.: 10455242636, Reg. Sant.: E4616520N Nagrau, distribuido por Naturalmedix; ‘Aguaje/Soya Maca, Bochornos, Menopausia’ y ‘Prostasan Plus, Desinflamante, depurativo’.

La medida alcanza a cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento de estos productos “por carecer de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA).

Por todo esto la Anmat advirtió que se tratan de productos ilegales y que, por desconocerse sus condiciones de elaboración son potencialmente perjudiciales para la salud de quienes lo consuman.

Disposición 10308/2024:

Disposición 10307/2024:

Disposición 10304/2024: