ANMAT prohibió un suplemento dietario, un queso cremoso y un oxímetro
De acuerdo con la Anmat se trata de productos ilegales de los que se desconocen sus condiciones de elaboración y son por lo tanto potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los consuman o utilicen.
Finalmente, la Disposición 6693/2025 prohíbe “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto: ‘Queso Cremoso, marca Quesos y Lácteos La Agustina’, RPE EXP N 11615016/04, RPPE EXP. PROV. 6011-0710/04”.
La prohibición alcana a cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento del producto ahora vedado.
De acuerdo con la Anmat se trata de un producto que “utiliza autorizaciones sanitarias inexistentes y carece de registros propios” y que, por lo tanto, representa “un riesgo para la salud de la población”.
Y abundó: “por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes, resulta ser en consecuencia un producto ilegal”.
Disposición 6669/2025:
Disposición 6671/2025:
Disposición 6693/2025:


